Arbil, apostando por los valores de la civilización cristiana

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Anatomía, fisiología, patología, terapéutica y plerosis de la Nación
Neoesclavitud
Vintila Horia(II): El novelista, escritor de la resignación metafísica
Editorial
Un "Mundo Feliz"
O novo rosto do Terrorismo
La percepción de la inseguridad en España
Demagogia con pólvora del rey
Una consecuencia ineludible del "Plan Ibarretxe"
El humorismo inglés
El aborto y la Constitución
El alcance de la ética procedimental a la luz de la Doctrina Social de la Iglesia
La Masonería invisible, desvelada por Ricardo de la Cierva
Beneficios del matrimonio ("El matrimonio ¡ Qué bicoca!")
Importancia de la formación. Ser hombres de principios y de acción
La Virgen del Pilar y la Guardia Civil
De la Polis griega a la civitas christiana ( y IV)
Origen y fracaso del nacionalismo catalanista de Cambó
Biblia y "teología" gay
El impacto de la inmigración en las prisiones españolas
Historia de la confesionalidad
¿Es tabú hablar de la abstinencia?
El jardín de los monstruos: El mito según la escuela semiótica rusa
El conflicto en Tierra Santa (II)
Méndez, Fidalgo, y el miedo a la libertad
La Edad de Plata en España
Ortodoxos: la otra cara del ecumenismo.
La mafia
Léxico español en el sudoeste de Estados Unidos
El movimiento católico en Italia
El esperanto, ¿una lengua para la Europa unida?
El Rosario: ¿Es solamente una tradición de los hombres?
Textos Clásicos: Filosofía del Quijote: (un estudio de antropología axiológica)


CARTAS

Revista Arbil nº 62

El aborto y la Constitución

por José María Permuy

Tal como indica la propia Constitución, en su TITULO IX, es el Tribunal Constitucional (no otro ni otras opiniones) el órgano competente para determinar lo que es constitucional y lo que es inconstitucional, es decir lo que está amparado por la Constitución y lo que está fuera de la Constitución. Es este mismo Tribunal Constitucional, quien en su sentencia 53/1.985, de 11 de abril (R.T. Const. 53), el que dictamina que el aborto provocado entra dentro de la Constitución.



La actual Constitución Española no garantiza el derecho a la vida de los no nacidos puesto que legaliza el aborto.

Este riesgo fue denunciado desde muchas organizaciones políticas y sociales; pero los democristianos y católicos liberales responsables de la transición (Reforma política, Constitución, etc) aseguraron que no. Que eso no sería posible. Que ya era bastante con decir que "todos tienen derecho a la vida". Que no era necesario hacer mención explícita del no nacido ni condena explícita del aborto.

Hoy tenemos elementos de juicio más que suficientes para dudar de la sinceridad de muchos de aquellos políticos.

Sabemos por Ricardo de la Cierva -diputado en las cortes que elaboraron el proyecto constitucional-, que los constituyentes de la UCD pactaron con el PSOE que, a cambio de que éstos aceptaran la Monarquía, la UCD admitiría una redacción de la Constitución lo suficientemente ambigua como para que -entre otras cosas- más adelante se pudiera despenalizar el aborto.

En el episcopado español, los obispos encabezados por Monseñor González Martín y Monseñor Guerra Campos, se atrevieron a manifestar las graves carencias y defectos de la Constitución, y entre ellos el de que el texto constitucional no ofrecía garantías suficientes para la protección del no nacido.

Otra parte de sus hermanos en el episcopado se limitaron a recomendar a sus fieles que votasen "en conciencia", tranquilizando antes las conciencias de esos mismos fieles para que no tuvieran reparo en votar afirmativamente.

Lamentablemente, también contamos con un testimonio que nos permite, como poco, sospechar que el grupo de los prelados de la Iglesia española que no se opusieron a ella, sabían que la Constitución acabaría amparando legalmente el aborto. Es el testimonio, nada menos que del entonces Presidente de la Conferencia Episcopal Española, Cardenal Tarancón, que reconoce en un libro-entrevista autobiográfico que los Obispos eran conscientes de que el cambio político traería, entre otros males, la aprobación del aborto, pero que no les quedaba otra opción que apoyar tal cambio por respeto al pluralismo político.

Por el contrario, el Papa, Juan Pablo II, ha recordado recientemente en una importantísima encíclica -la Evangelium vitae-, lo que Tarancón y muchos otros "olvidaron" en su día: que la legalización del aborto es una decisión tiránica, y que nunca es lícito admitir una legislación favorable al aborto, aunque cuente con el apoyo de una mayoría. Nunca, en ningún caso y por ningún motivo. Ni en nombre de la democracia, el consenso o el pluralismo; ni por respeto a la libertad de las conciencias; ni como mal menor; ni tan siquiera, -dice el Romano Pontífice-, so pretexto de no alterar la paz social, otro de los temidos "fantasmas" del episcopado español, que parece ser temía una nueva guerra civil de haber hecho frente a la Constitución y al nuevo régimen político que se quería imponer en España.

Lo peor es que algunos de los Obispos españoles siguen sin enterarse, y todavía quedan unos pocos que siguen estimando nuestra Constitución como un magnífico instrumento para la pacífica convivencia entre todos los españoles.

Claro que estos pocos Obispos no han debido caer en la cuenta de que de esa pacífica convivencia han sido excluidos los cientos de miles de niños que no han podido nacer gracias a esa maravillosa Constitución que permite la existencia de unas leyes que dejan que sean asesinados sin ofrecerles amparo alguno.

Pero ¿era tan difícil "adivinar" que esto iba a pasar?

¿Acaso no se sabía cuáles eran los propósitos y las ideologías que movían a las fuerzas políticas que participaron en la elaboración de la Constitución?

Desde el momento en que la Constitución proclama que la ley es la "expresión de la voluntad popular" sin que reconozca la existencia de ninguna norma moral objetiva que quede al margen de las decisiones de la voluntad popular, ¿cómo sorprenderse de que se despenalice el aborto, si es esa la voluntad popular manifestada por medio de sus legítimos cauces de expresión, que son, según la Constitución, los partidos políticos?

Es una lógica consecuencia derivada de una inicua premisa.

Quienes pretenden condenar el aborto salvando de responsabilidad a la Constitución, ponen "tronos a las premisas y cadalsos a las consecuencias", o como decía Guerra Campos, critican los frutos e, incoherentemente, alaban el árbol que da tales frutos.

Pocos saben que la sentencia del Tribunal Constitucional 116/1999, de 17 de junio afirma que "los no nacidos no pueden considerarse en nuestro ordenamiento constitucional como titulares del derecho fundamental a la vida".

Lo que ya parece obstinación diabólica en muchos que sí conocen esta sentencia es el empeño en seguir sosteniendo la tesis contraria, esto es, que el aborto es inconstitucional; y basándose en esto, afirmar que lo que está mal no es la Constitución, sino la interpretación que de ella hace el Tribunal Constitucional.

Lo cual supone ignorar que es la propia Constitución la que establece la existencia de un Tribunal Constitucional, sin que exija tampoco de dicho Tribunal que éste haya de sujetarse a orden moral objetivo alguno que esté por encima de la voluntad popular o por encima de las pareceres de quienes componen el Constitucional.

Es cierto que se podría considerar un límite al poder de decisión totalitario que atribuye a la soberanía popular la Constitución Española, el mandato constitucional de que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Ahora bien, tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en los acuerdos internacionales sobre la materia subyace la misma filosofía que en nuestra Constitución, la filosofía del escepticismo, del consensualismo, del relativismo, -del liberalismo en una palabra-.

Una filosofía que no deberíamos dudar en calificar de satánica, ya que como ha dicho el Cardenal Jorge Arturo Medina Estévez, "la sustitución de la ley de Dios como criterio de moralidad, por las costumbres o las convenciones de la mayoría" es un engaño del diablo.

Que esto es así, ha quedado de manifiesto, por ejemplo, en la Conferencia de Viena sobre Derechos Humanos -organizada por la ONU, en marzo de 1995-, en la que los delegados participantes definieron que los derechos humanos no son inmutables; son pactables mediante el consenso de las naciones; son variables, conforme se modifiquen los acuerdos políticos entre los Estados; e incluso pueden desaparecer, en la medida en que se pierda el consenso en la comunidad internacional.

Luego volvemos a lo de antes: todo depende de la decisión de las mayorías, y por tanto, si una mayoría de electores, o de naciones decide despenalizar el aborto, no habrá Tribunal Constitucional ni Internacional que pueda ir contra esa mayoría que tiene fuerza de ley.

Por desgracia, el tiempo ha dado la razón a los que se oponían al texto constitucional. Y se la ha quitado a aquellos democristianos liberalcatólicos que propiciaron la Constitución de 1978, y que son los mismos que hoy militan cómodamente en las filas de un Partido Popular que no ha sentido escrúpulos a la hora de aprobar la píldora abortiva, o en seguir manteniendo la despenalización del aborto (a pesar de su mayoría absoluta) y nombrar una primera Ministra de Sanidad a una declarada partidaria del abominable crimen.

El problema del aborto es un problema muy complejo cuya solución requiere la aplicación de medidas varias (educativas, económicas, morales), pero que desde luego exige su inmediata penalización en todos los casos.

Mas esto, -seamos realistas- jamás será posible de una vez por todas y para siempre desde dentro del Sistema que consagra la Constitución Española de 1978.

Y para demostrar la ilegitimidad del Sistema con un argumento de autoridad, que no puede dejarnos indiferentes a quienes asumimos la interpretación católica de la vida, (pero tampoco -porque es de sentido común- a los que no creen, pero usan la cabeza para algo más que ponerse un sombrero), no viene mal aquí recoger la opinión del Cardenal Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, que ha escrito que "un Estado agnóstico en relación con Dios, que establece el derecho sólo a partir de la opinión de la mayoría, tiende a reducirse desde su interior a una asociación delictiva". "Esto comienza a hacerse visible allí donde el asesinato de seres humanos inocentes -los no nacidos- se cubre con la apariencia del derecho, porque éste tiene tras de sí la cobertura del interés de una mayoría".

Pues bien, ¿cabe alguna duda de que el Estado español nacido de la Constitución de 1978 es agnóstico en relación con Dios, establece el derecho a partir de la opinión de la mayoría, y cubre con la apariencia de ese derecho el asesinato masivo de los inocentes no nacidos? No.

Luego, en buena lógica, partiendo de la tremenda afirmación de Ratzinger, el Estado español nacido de la Constitución de 1978 tiene el carácter indicado por el Cardenal.

Es imprescindible, pues, convencer a nuestros compatriotas que no basta un mero cambio de partido en el gobierno para acabar con el aborto en España. Se requiere la propuesta y la construcción de un orden nuevo (para nada coincidente con el llamado Nuevo Orden Mundial) en lo jurídico, en lo político y en lo económico, que sustituya el caduco e injusto ordenamiento jurídico actual.

Un orden nuevo para una nueva España y para una nueva civilización en la que los Estados vuelvan a tener escritas sobre sus frentes y aun sobre los astros, esas verdades eternas y esas normas inmutables que hagan imposible que el derecho primario fundamental de toda persona humana, que es el derecho a la vida desde su concepción hasta su ocaso natural, pueda quedar a expensas de lo que cada X años decidan unas cuantas papeletas depositadas en una urna de papel.

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José María Permuy.
 


Revista Arbil nº 62

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