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ARBIL, anotaciones de pensamiento y critica

Ni Islam ni Nuevo Orden Mundial .

En el sistema relativista puedes pensar como quieras, siempre que pienses en relativismo, si no el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sic) da el visto bueno a los "golpistas", "dictadores", o cualquier otro tipo de tiranos.

En 1990, el Frente Islámico de Salvación (FIS) gana las elecciones municipales, y unos meses después las presidenciales de Argelia.

El gobierno argelino, lejos de ceder el poder al partido democráticamente triunfante, organiza un golpe de Estado, declara la ley marcial e ilegaliza el FIS, todo ello con la tácita complacencia de los países occidentales democráticos.

En enero de 1998, el Tribunal Constitucional de Turquía, acusándolo de realizar actividades contra la República laica, ilegaliza el Partido del Bienestar, un partido que contaba con más de 4,2 millones de militantes; que había logrado en las municipales de 1994 las alcaldías de más de 25 ciudades, entre ellas Estambul, la primera ciudad de Turquía, y Ankara, la capital; que tenía el poder en unas 400 municipalidades de país; que había obtenido cerca de seis millones de votos en las legislativas de 1995, el 21,38% de los sufragios, lo que le convirtió en el primer partido del país; que era el principal partido en el Parlamento turco, con 158 de los 550 escaños de la Cámara; y cuyo dirigente, Necmetin Erbakan había sido primer ministro de Turquía en 1996.

Erbakan recurrió tal decisión ante la Comisión de Derechos Humanos del Consejo de Europa, pero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dio la razón, en julio de 2001, al Gobierno de Ankara, considerando válida su decisión de prohibir el Partido del Bienestar en nombre de la laicidad del Estado turco.

Según el Tribunal Europeo, la disolución del islámico Partido del Bienestar (PB), y las sanciones contra sus dirigentes decretadas por la Corte Constitucional turca en enero de 1998, no violaron el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la libertad de pensamiento, expresión y asociación, elecciones libres, derecho de propiedad, y prohibición de la discriminación y el abuso de la ley, porque "bajo el pretexto de que daban un contenido diferente al principio de laicismo", los líderes del PB habían declarado su intención de crear un sistema multi-jurídico basado en la discriminación según las creencias religiosas y de instaurar la ley islámica (Sharia), que "se desmarca claramente de los valores" del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal Europeo considera que un partido político puede abogar por un cambio en la legislación o en las estructuras legales o constitucionales de un Estado siempre y cuando el cambio propuesto sea "compatible con los principios democráticos fundamentales", pero si un partido propone "un proyecto político que no respeta las reglas de la democracia o que buscan la destrucción de ésta" no puede pedir la protección del Convenio Europeo de Derechos Humanos contra las sanciones infligidas por esos motivos, y, por tanto, el Estado puede "razonablemente" impedir la realización de tal proyecto político antes de que se lleve a cabo con actos concretos que conllevan el riesgo de comprometer "el régimen democrático en el país".

Una lectura superficial de estos hechos puede inducir a los católicos a alegrarnos de que movimientos políticos islámicos fundamentalistas vean vetada la posibilidad de acceder al poder e implantar un modelo de sociedad que, de seguro, sería perjudicial para los cristianos en particular, para todos los no musulmanes, en general, y tal vez también para algunos musulmanes "modernistas".

Pero si nos paramos a analizar en profundidad las razones por las cuales los países democráticos han tolerado o apoyado la ilegalización de partidos como el FIS o el PB, no es necesario ser muy inteligentes para caer en la cuenta de que esos mismos argumentos pueden ser empleados contra cualquier partido o movimiento político que aspire a la instauración y restauración cristiana del orden social, que de ningún modo es compatible con los principios "democráticos" (relativistas) fundamentales tal como los entienden la Unión Europea o cualquiera de las instituciones supranacionales al servicio del Nuevo Orden Mundial.

Es decir, sin perder de vista el peligro que supone la islamización de occidente, con el riesgo de persecución religiosa contra los no seguidores del Corán que ello conlleva, tampoco debemos ignorar esa otra forma de persecución religiosa propiciada por el Sistema vigente en occidente, que consiste en relegar la religión (sobre todo la verdadera, la católica) al ámbito de lo privado, impidiendo toda pretensión de fundamentar el orden político y social en la cosmovisión católica.

Tal vez en estos momentos nos resulta más evidente el peligro musulmán, porque debido a la desorientación de los católicos, nuestra presencia política en la sociedad es nula o irrisoria, y, por tanto, no tiene el Sistema necesidad de coaccionarnos violentamente. Pero ¿qué pasaría si, a semejanza de lo ocurrido en Argelia o Turquía, un movimiento político católico partidario de sustituir el régimen democrático relativista liberal por otro basado en la Doctrina Social de la Iglesia llegase a tener la posibilidad de obtener el poder en alguna nación?

José María Permuy Rey.

 

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