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El adoctrinamiento ideológico del estado español desde la educación primaria

por José Antonio Rodríguez Vázquez

La intención de educar a los niños en ideas contrarias a la ley moral objetiva no se encuentra tan sólo en esa concreta asignatura para la ciudadanía, sino que forma parte de los principios, fines y objetivos de la educación recogidos en el preámbulo, los artículos 1 y 2 del título preliminar y el artículo 17 del capítulo 2 de la LOE; así como en el articulo 3 del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria

Con motivo de la puesta en marcha de la nueva asignatura de Educación para la ciudadanía se ha producido una importante reacción en contra de su obligatoriedad y a favor del derecho a la objeción de conciencia.

Son varios los motivos para resistirse a la imposición de esta asignatura, pero tal vez el principal sea la negativa a que el Estado trate de inculcar una ética civil que, en muchos casos, puede ser contraria a las convicciones morales de los padres, los primeros responsables en la educación de sus hijos y, en consecuencia, de su formación moral.

Más grave aún que la lesión del derecho de los padres a escoger el tipo de educación que desean para sus hijos, es el hecho de que algunos contenidos de la Educación para la ciudadanía chocan con la moral objetiva, y más concretamente con aquellas exigencias de la ley natural que son de obligado cumplimiento para cualquier sociedad rectamente ordenada, tales como la concepción del matrimonio como unión indisoluble de varón y mujer con el fin primario de procrear, o la libertad de enseñanza.

No voy a abundar en el tema, porque son muchos y muy dignos los artículos y trabajos publicados por los detractores de la Educación para la ciudadanía.

Sí quiero, sin embargo, llamar la atención sobre el hecho de que la intención de educar a los niños en ideas contrarias a la ley moral objetiva (que es la que practican o, al menos, aquella en la que creen la mayoría de los españoles) no se encuentra tan sólo en esa concreta asignatura para la ciudadanía, sino que forma parte de los principios, fines y objetivos de la educación recogidos en el preámbulo, los artículos 1 y 2 del título preliminar y el artículo 17 del capítulo 2 de la LOE; así como en el articulo 3 del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.

En efecto, entre los principios establecidos por la LOE en su título preliminar podemos leer: “La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación”. Entre los fines: “La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos”. Y entre los objetivos de la Educación Primaria, de que trata el artículo 17 y que se repiten en el artículo 17 del capítulo 2 del Real Decreto 1513/2006: “respetar el pluralismo propio de una sociedad democrática”, y “respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas”.

¿Qué significa eso de la ciudadanía democrática? ¿Qué ocurre con los padres o alumnos cuyas creencias sean contrarias al modelo de democracia (relativista) que existe en España?

¿Por qué se ha de educar en la tolerancia y la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia? ¿Acaso es porque a aquellos que no estén de acuerdo con esos principios democráticos de convivencia haya de negárseles la libertad y la tolerancia?

¿Qué quiere decir superar cualquier tipo de discriminación? ¿Superar, por ejemplo, la discriminación que supone no reconocer como matrimonio a las parejas formadas por personas del mismo sexo? No es aventurado pensar así, teniendo en cuenta que el preámbulo de la LOE afirma que entre los fines de la educación está el pleno “reconocimiento de la diversidad afectivo-sexual”.

Respetar el pluralismo propio de una sociedad democrática ¿no conlleva respetar el indiferentismo moral propio del pluralismo de las democracias modernas?

¿Respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, sin discernir si esas culturas o esas diferencias son o no conformes con la ley moral? ¿Debemos respetar el islamismo o la homosexualidad?

En el contexto político y social en que vivimos, palabras como democracia, libertad, tolerancia, pluralismo, multiculturalismo, diversidad… o tienen un significado incompatible con la fe y la moral de muchos españoles (incompatible con la fe y la moral católicas), cuando menos por arraigadas en una filosofía indiferentista, escéptica y relativista, que es la que impregna el régimen político español; o, simplemente, carecen de contenido, con el riesgo de que éste dependa en cada momento de la ideología que les quiera inyectar el gobierno de turno.

Así pues, en mi opinión, la resistencia contra la intromisión del Estado en la conciencia de los niños no debería limitarse a la supresión de la asignatura de la Educación para la ciudadanía, sino también y sobre todo reclamar que todas las leyes relacionadas con la educación abandonen la pretensión de formar a los alumnos en valores o principios contrarios a la moral objetiva.

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José Antonio Rodríguez Vázquez



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