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Panorámica de las nuevas formas de usura.

por ACUSA

Desde la asociación ACUSA (Asociación Contra la Usura de Sociedades Acreedoras) y su foro de internet llevamos varios meses informando, y obteniendo resultados, de cómo recuperar comisiones que entidades financieras (bancos, cajas y tarjetas de préstamo) han cargado improcedentemente (por no emplear otras palabras). Aprovecho la oportunidad que se me brinda en este blog para exponer en nombre de la citada asociación algunas de las malas prácticas bancarias con las que nos enfrentamos.

La Iglesia condenaba explícitamente la usura hasta no hace mucho tiempo por ser una práctica abusiva causante de sufrimientos en quien la padece; hoy tampoco la aprueba. Vamos a desarrollar en este artículo cómo en el momento actual donde el Euribor está a poco más de un punto, unos intereses muy bajos con los que no procede hablar de usura propiamente dicha, cómo en las entidades de crédito (bancos, cajas, financieras…) están generalizadas las malas prácticas bancarias, censuradas por el Banco de España encaminadas a apropiarse del dinero del cliente.

Quizá la más difundida es la comisión de aviso de deuda vencida o descubierto en cuenta. Si una persona con dificultades económicas empieza apagar con retraso de unos días la cuota de su préstamo o tarjeta de crédito la entidad financiera le activa ilegalmente una comisión, la de “aviso de deuda vencida”; esta comisión se puede repercutir cuando ha habido unos gastos de reclamación fehaciente de la deuda (certificado con acuse de recibo), pero el banco o caja la aplica sistemáticamente cada vez que hay un pequeño retraso o descubierto en cuenta, sin tener en cuanta la duración ni la cuantía; suelen ser 30 euros y en el 99,9% de los casos en la que lo repercuten es ilegal. La consecuencia es que unos problemas de solvencia, quizá puntuales, que originan unos retrasos en el pago (el paro se cobra el día 10, más tarde de lo que hay que pagar al banco) se agrandan después de que se hayan cargado, por ejemplo, 30 x 12 = 360 euros de comisiones ilegales por pagar con demora a lo largo de una año; atención, estamos hablando no de pagar un año más tarde, si no de pagar cada mes con unos días de retraso; y da igual que sea de 10 días en la cantidad de 30 € (9.125 % de tasa anual equivalente) que de 20 días y 600 euros (TAE 91,25%). Al incrédulo que lea esto le podemos remitir a las memorias del Servicio de Reclamaciones del Banco de España donde deja bien claro, refiriéndose a esta comisión, que “ su devengo está EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).

¿A cuántas personas o familias afecta esta comisión? No lo sabemos, pero se puede hacer una aproximación pensando en las personas en paro con préstamos, los asalariados que cobran más tarde del último día de emes, los pequeños comerciantes afectados por la crisis con falta de liquidez…

¿Cuánto es el promedio, en euros, que supone esta comisión a una persona afectada? Respondemos citando el caso más reciente y el más antiguo en la breve historia de nuestra plataforma: un asociado recuperó las cantidades de 1200 y 800 en Abril y Julio respectivamente y la primera noticia positiva que tuvimos de nuestras gestiones fue la recuperación de 2.800 euros de un total de 4.800 sustraídos a un autónomo por 5 entidades distintas.  Todo en concepto de comisión de aviso de deuda vencida.

Relacionada con la anterior está la comisión por apertura de descubierto, cobrada a mayores de los intereses de descubierto y sin que sea impedimento de aplicar la comisión de aviso de deuda vencida;  es sobre el mayor descubierto y suele suponer un 29% de intereses. Hay varias sentencias judiciales en firme que la declaran ilegal. Pero lo bancos siguen adelante aplicándola.

Otra, que afecta a menos personas, pero en más cuantía, es la comisión por devolución de efectos (letras, pagarés…) Según el Diario de Aragón, 6-8-2005 “Las comisiones rondan el 4% y, hasta mayo del 2005, el volumen de efectos en cartera impagados en Aragón ascendió a 98 millones de euros, lo que supone que las entidades recogieron en concepto de comisión de devolución más de 3,9 millones de euros. La sentencia, que corrobora los argumentos de Ausbanc de que la comisión es ilegal porque no corresponde a ningún servicio nuevo prestado por el banco, es de las primeras que se han dictado en la comunidad y suponen un paso importante para las pymes”.  Con motivo de la crisis la devolución de efectos se ha disparado, si bien, es cierto que al día de hoy ya pocas letras se aceptan como forma de pago.  Extrapolemos la cantidad de 3,9 millones en Aragón a toda España, sólo en los primeros 5 meses del año 2005. Esta comisión ha contribuido en no poco a hundir a pymes.

Abandonamos el mundo de las comisiones y entramos en el de los seguros de vida vinculados a un préstamo, lo cual daría para otro artículo, pero sintetizaremos. Desde hace tiempo los bancos “cuelan” seguros de vida para redondear los beneficios de la operación de préstamo; pues bien, a pesar de la creencia general, no hay ninguna ley que obligue a contratarlos y si se desea hacerlo, se puede adquirir un seguro donde a uno le venga en gana o donde más barato le salga. Hay tres aspectos que hacen que los seguros obligados a contratar por un banco rocen la estafa:

·                    Uno; un seguro de vida puede tener rescate, esto es, que en determinado momento se puede cancelar y recuperar parte del dinero; cuanto más tiempo pase desde que lo contratas hasta que lo das de baja más dinero recuperas. Por ejemplo, al cabo de 10 años puede ser prácticamente todo el capital. De esto no te informan en el banco, quizá por falta de profesionalidad.

·                    Los seguros de los bancos suelen ser más caros; si te diriges a un corredor de seguros particular de confianza te mira varias opciones y se elije el que más se ajusta a tus necesidades.

·                    Se está detectando el cobro de seguros de prima única, esto es, no se paga cada año al renovarlo, con la posibilidad de anularlo o llevarlo a otra entidad, si no que te engañan  para que pagues de golpe, y sin clausula de rescate,  incluso 25 años; la consecuencia es que la hipoteca se puede encarecer un 10%. Podemos documentar este hecho ocurrido en la formalización de hipotecas en una promoción de viviendas en Ponferrada.

Estas son algunas de las malas prácticas que a diario se llevan a cabo en el sistema financiero español.  Hay otras como al subida unilateral de intereses sin previo aviso, la aplicación de seguros de protección de pago no contratados, etc. ¿Quiénes son las víctimas? Sobre todo personas con dificultades económicas, dificultades que se ven agravadas con al repercusión repetida de estas comisiones ilegales.

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ACUSA



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