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ABORTAR=ASESINAR
El aborto es un asesinato, pues se mata a una persona con premeditación (se prepara reflexivamente, tal como lo marca la ley con su procedimiento, y se perpetra un delito, aunque sin pena, como también indica la ley) y alevosía pues no hay riesgo para los asesinos. 
R.A.E.: 
- asesinato. 1. m. Acción y efecto de asesinar. 
- asesinar. (De asesino). 1. tr. Matar a alguien con premeditación, alevosía, etc. 
- premeditación. (Del lat. praemeditatio, -onis). 1. f. Acción de premeditar. 
- premeditar. (Del lat. praemeditari). 1. tr. Pensar reflexivamente algo antes de ejecutarlo. 2. tr. Der. Proponerse de caso pensado perpetrar un delito, tomando al efecto previas disposiciones. 
- alevosía. (De alevoso). 1. f. Cautela para asegurar la comisión de un delito contra las personas, sin riesgo para el delincuente. Es circunstancia agravante de la responsabilidad criminal.
(recuerdese que el aborto voluntario sigue siendo delito tipificado aunque se le elimine la pena)
«Cada año mueren en España por aborto químico más españoles que los caídos en los tres años Guerra Civil
Cada semana son asesinados por aborto quirúrgico en España tantos españoles como ETA ha asesinado durante sus 40 años de acciones terroristas
El aborto es legal en España, desde la Ley Orgánica 9/1985, aprobada por el Parlamento, ratificada por el Rey, y mantenida por los gobiernos del Sistema»


Uniones homosexuales: a propósito del recurso de inconstitucionalidad.

por Francisco Torres García.

La presentación del recurso de inconstitucionalidad contra la Ley que permite las denominadas “bodas gay” o la unión entre personas del mismo sexo abre numerosos interrogantes sobre el alcance real de la medida y la base conceptual sobre la que se levanta. ¿Qué se pretende realmente con tal recurso? ¿Qué significaría en caso de prosperar tras un plazo larguísimo en el Tribunal? ¿Estamos ante una oposición radical a la Ley o simplemente ante una finta de carácter electoralista motivada por el rechazo social que la Ley ha despertado? Estos interrogantes deben responderse teniendo presente cuál es el programa político del principal partido de la oposición en esta materia, y sin obviar las declaraciones que han acompañado al anuncio de la presentación del citado recurso por parte del Partido Popular. Por debajo de la polémica lo que subyace, al mismo tiempo, es el concepto y el modelo de familia que se nos propone y que se defiende.

La propaganda, las críticas de los autodenominados progresistas, los intereses del discurso socialista y la intención, por parte de quienes oponiéndose a la Ley no desean dañar al Partido Popular, de evitar que esto suponga el comienzo de una fractura en el voto católico que hasta ahora permanece cautivo del Partido Popular, han hecho que el mero anuncio de la presentación del recurso de inconstitucionalidad a la Ley que permite la unión entre personas del mismo sexo, equiparándolas al matrimonio civil en lo que ya se conoces como “las bodas gay”, se traduzca, a nivel de calle y a nivel mediático, como una oposición global a la ley. Sin embargo, nada está tan alejado de la realidad como esta imagen, fabricada a medida de los intereses electorales de los dos grandes partidos.

El recurso de inconstitucionalidad que se va a tramitar, siguiendo la estela de lo planteado por algunos jueces, no supone cuestionar la unión civil entre personas del mismo sexo, ni los derechos derivados de la misma, incluyendo la evidente constitución de un “núcleo familiar” que otorgaría, sin recurrir al término matrimonio, los mismos derechos, incluyendo el de adopción directa o indirecta (tutela) a esas uniones. El recurso de inconstitucionalidad se va a circunscribir, exclusivamente, a la utilización del término matrimonio, sin entrar en el debate de la equiparación. Estamos pues ante una cuestión puramente semántica pues, como han reiterado, de forma sistemática, los dirigentes populares ellos están a favor, y así lo contemplaba su programa electoral, de la regularización de las uniones homosexuales y de formas de adopción indirecta tal y como se aplica en comunidades autónomas gobernadas por el Partido Popular.

La conceptualización -la no conceptualización- del tema ha sido clara y la ha realizado el propio Mariano Rajoy, siendo secundada por todos los dirigentes populares, no se trata de una oposición a las uniones sino de una cuestión puramente legal. No se basa el recurso en un criterio moral, o en la concepción natural de la familia. Se trata, meramente, de un problema semántico-legal: la utilización del término matrimonio y la compatibilidad de la reforma del Código Civil (artículo 44) con lo dispuesto en el artículo 32 de la Constitución Española. Nada más.

Resulta evidente que no estaba en el ánimo del Partido Popular la presentación del recurso de inconstitucionalidad, ni quizás siquiera la oposición parlamentaria que se vio forzado a realizar. Durante unos meses los dirigentes populares se han escudado en un estudio jurídico de la Ley para analizar las posibilidades reales de la utilización del recurso de inconstitucionalidad, cuando la Ley estaba definida desde hacía meses y la presentación del recurso, y más si se trataba de una cuestión puramente legal, tendría que haber sido inmediata y no dilatada en el tiempo. Pocos analistas se atreverían a disociar la presentación final del recurso de la respuesta social que la Ley ha despertado, oposición que conceptualmente va mucho más allá de los límites que los populares quieren mantener en esta cuestión. Igualmente pocos la disociarían de las nuevas orientaciones de la Iglesia con respecto a las leyes que afectan a la concepción católica de la vida, la familia y el matrimonio, de las divergencias internas latentes en el Partido Popular entre católicos -aunque se limiten a mantener una apariencia formal- y liberales, y de la posibilidad de que se produzca una fractura en el electorado católico que vota al Partido Popular dirigiéndose hacia otras alternativas.

Todo ello porque las mal llamadas “bodas gay”, la unión entre personas del mismo sexo, han despertado un profundo debate en todo occidente, ya que en otros puntos del planeta ni se plantea. Ahora bien, el debate real, el debate que ha despertado a la ciudadanía, que ha movilizado a diversas confesiones religiosas, fundamentalmente cristianas, no es el modelo de ley que se pretenda aplicar, es la unión en sí misma. El debate no es esta o aquella ley, sino que radica en una pregunta elemental: ¿uniones homosexuales, Sí o No? En España, sin embargo, mientras este debate está planteado a niveles sociales y de hecho así se asume en muchos medios al discutir sobre la Ley, a niveles políticos se ha procurado diluir la cuestión, reconduciendo la protesta social hacia la cuestión semántica.

El hurto del debate viene motivado por la existencia de un amplio consenso entre los dos partidos mayoritarios en esta cuestión. Los últimos programas electorales del Partido Popular y del Partido Socialista coincidían en la regulación civil de las uniones entre personas del mismo sexo, la equiparación en derechos entre esas uniones y el matrimonio civil entre personas de diferente sexo, aunque sin plantear la cuestión terminológica y la adopción (aunque el PSOE era partidario de su aplicación sin más y el Partido Popular negándolas en su discurso las admitía, mediante fórmulas transitorias, en la práctica). Ambos programas habían logrado el apoyo de las corrientes gays existentes en sus organizaciones que gozan de reconocimiento orgánico. Ha sido la decisión personal de José Luis Rodríguez Zapatero la que ha roto este consenso inicial con una doble finalidad: primero, atacar, siguiendo el discurso jacobino del que ha hecho gala en diversas ocasiones, la concepción católica y occidental del matrimonio y la familia; segundo, forzar al Partido Popular a situarse frente a la ley, pese a que no se oponía a las uniones, para detraer los máximos votos posibles de los espacios sociológicos progresistas. De ahí que se empeñara en mantener una redacción que despertaba numerosos interrogantes legales, despreciando las recomendaciones del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial para variar la redacción de la ley, incluyendo algunas filtraciones sobre el posicionamiento contrario de algunos magistrados del Tribunal Constitucional.

Desde el primer borrador de la Ley, desde el primer anuncio, la fricción conceptual existente entre la reforma del Código Civil y el texto constitucional se hacía evidente. Desde los albores de la Ley las bases del hipotético recurso constitucional estaban establecidas, no eran necesarios grandes estudios jurídicos. Sucede, sin embargo, que para los ponentes socialistas, encabezados por Carmen Montón, pese a la letra del artículo 32, sólo la mención expresa en el texto constitucional puede prohibir que se haga extensivo un derecho, entendiendo, además, que nos encontramos ante una mera regulación del derecho a contraer matrimonio y no ante una conceptualización del mismo, por lo que José Luis Rodríguez Zapatero decidió mantener la redacción esperando que bien el Partido Popular no presentara el recurso o que este no prosperara.

Curiosamente ha sido esta fricción conceptual la que ha permitido, al Partido Popular, argumentar y establecer una estrategia de oposición a la ley con la que poder satisfacer al voto católico que tiene cautivo, aprovechando la imagen, el discurso y el eufemismo; tratando, al mismo tiempo, de mantener el apoyo de la denominada “plataforma de gays y lesbianas del Partido Popular” compuesta, según se ha afirmado, por varios diputados que, naturalmente, no exhibieron ni sus reivindicaciones ni su condición durante la última campaña electoral. Esta fricción conceptual es la que ha permitido al Partido Popular, obligado por las circunstancias, a secundar, formalmente, la dura oposición que esta ley ha despertado entre los sectores católicos; tratando, al mismo tiempo de reconducir lo que es una oposición conceptual hacia un simple debate terminológico.

Reiteremos que la erradicación del debate sobre las uniones homosexuales del discurso político convenía y conviene a los dos partidos mayoritarios, ya que ambos buscan el denominado “voto rosa” y ambos cuentan con sendas plataformas o corrientes, prácticamente orgánicas, en el seno de sus formaciones (grupo que en el seno del PP prepara los documentos relativos a estas cuestiones para las comunidades y ayuntamientos regidas por los populares); entendiendo, también, populares y socialistas, que el apoyo a las tesis de los lobbys rosa abre el voto del indefinido espacio del centrismo progresista que ambos disputan. De ahí que el Partido Popular se esfuerce a la hora de reiterar que no está contra las uniones homosexuales y que sólo se opone, por razones legales, a la utilización de la palabra matrimonio. De ahí, también, que el Partido Socialista se empeñe en presentar la oposición y recurso popular de inconstitucionalidad a la Ley como lo que no es: una oposición a las uniones homosexuales. Discursos evidenciados en las reacciones inmediatas al anuncio oficial de la presentación del recurso.

Dada la cada vez más reducida capacidad de transmisión mediática de su discurso, por el dominio que ejerce la izquierda en los mass-media, y el “todo o nada” al que parecen aferrarse los “lobbys rosa”, el Partido Popular se mostró reacio a presentar el recurso, consciente de que sería difundido como un ataque a los derechos de los homosexuales. Sólo la presión de los sectores católicos, el miedo a tener que hacer frente a una campaña de denuncia desde el voto católico, que le podría costar cientos de miles de votos, y la presión que, sin duda, han recibido decenas de diputados que forman parte de alguna organización religiosa, como es el caso del propio Acebes, junto con el miedo a que otras fuerzas de nuevo cuño puedan vertebrar una opción política realmente católica, ha inclinado, finalmente, a Mariano Rajoy a presentar un recurso de baja intensidad como “mal menor”. Con el mismo pretende contentar, sin un gran coste electoral, tanto a sus bases católicas como a algunas asociaciones que se han manifestado contra la Ley y que mostraban su decepción ante la pasividad popular.

Por debajo de las discusiones, de las especulaciones sobre las declaraciones de algunos dirigentes populares, aflora, sin embargo, la utilización de una “estrategia de la compensación” perfectamente diseñada de cara a la confrontación electoral que se abrirá en el 2007 y destinada a minimizar esos efectos negativos de los que ha hablado Esperanza Aguirre. El Partido Popular anunciaba la presentación del recurso pero, al mismo tiempo, casi subrepticiamente, el PP, a través del Ayuntamiento de Madrid y también, suponemos, de la Comunidad, felicitaba a la representación española por lograr en Londres que Madrid fuera Capital Europea del Orgullo Gay en el 2007 (casi en tiempo electoral), en un proyecto inviable sin la promesa del concurso oficial a los actos que se presentaban en el “magnifico vídeo” de promoción del proyecto. Al mismo tiempo que se anunciaba la presentación del recurso, como proclamando que esto nada iba a variar, el portavoz de los Gays y Lesbianas del PP, Javier Gómez acudía al Registro Civil para iniciar los trámites para casarse con el simpatizante del PP Manuel Ródenas (miembro del Colectivo de Lesbianas y Gays de Madrid que ha participado en el impulso a la candidatura de Madrid a la Europride), precisando que la boda la celebraría el mismísimo Ruiz Gallardón, pues así se lo había prometido el edil madrileño; aunque después Gallardón haya recurrido a evitar pronunciarse porque la foto podría resultar en Madrid electoralmente demoledora.

Con la presentación del recurso el debate desaparece de la sociedad y la movilización ciudadana, de persistir, adquirirá un perfil muy bajo. La decisión del Tribunal Constitucional puede tardar mucho tiempo, pero cuando se pronuncie no lo hará sobre las uniones en sí o sobre el derecho de adopción, ya que esto no se ha planteado, lo hará sobre la utilización del término matrimonio. Son muchos los juristas que entienden que la argumentación socialista es muy pobre y que la reforma del Código Civil no encuentra acomodo en lo dispuesto en el artículo 32 de la Constitución, pero esto no va a detener las uniones homosexuales, quizás las ralentice la oposición judicial y la objeción de conciencia. Puede que el Tribunal Constitucional declare inconstitucional algunos aspectos de la ley y que invalide la utilización del término, pero, en el mejor de los casos, nada más.

Nos encontramos pues ante una situación en la que una apariencia de oposición engendra una legitimación futura de la ley, tal y como aconteció con la ley del aborto. La oposición se limita al recurso de inconstitucionalidad, arrancado más que querido, pero no a la futura derogación de la ley, algo a lo que el Partido Popular y Mariano Rajoy no están dispuestos a comprometerse, entre otras razones porque el concepto de familia defendido por el PP es tan poliédrico como el sostenido por el PSOE

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Francisco Torres García.


VII Congreso Católicos y Vida Pública
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«Llamados a la Libertad»

 

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